ARRENDAMIENTO DE HABITACIÓN A UN ESTUDIANTE

El arrendamiento de habitación a un estudiante, conlleva un contrato de alquiler de temporada, no de vivienda habitual.

Está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) , por el Código Civil, y por la voluntad de las partes establecida en el mismo.

Es importante que en el objeto del contrato se refleje bien dicho motivo por el que se realiza el alquiler.

También la temporalidad del mismo, es decir, la duración de “x” meses, el importe del contrato o renta mensual, y la identificación de las partes contratantes.

Fiscalmente, el arrendador tiene que declarar los ingresos percibidos como rendimientos del capital inmobiliario.

A lo que puede restar los gastos que proporcionalmente sean deducibles por este concepto.

El arrendatario podría tener derecho a alguna deducción autonómica en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las personas físicas), dependiendo de su edad y otros factores.

Si necesita redactar un contrato de arrendamiento de habitación a un estudiante, o de cualquier otro, no dude en contactarnos. Nuestro departamento jurídico le ofrecerá un presupuesto sin compromiso.

Gestoría Bautista

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio