El límite de 1.000 euros para pagos en efectivo, está vigente desde el 11 de julio de 2021.
Resulta por aplicación de la Ley 11/2021 de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal.
Esto aplica siempre que una de las partes de la operación sea un empresario o profesional, no cuando sea entre particulares.
Anteriormente el límite estaba fijado en 2.500 eur.
Cuando se trate de personas físicas no residentes, el límite se reduce de 15.000 eur a 10.000 eur, siempre que no actúen cómo profesionales o empresarios.
Para la aplicación del límite, debe de considerarse cada operación cómo un todo, independientemente de que hayan pagos fraccionados en la misma.
Cómo pagos en efectivo, se ha de entender:
- Pagos con billetes o monedas de curso legal
- Cheques bancarios al portador
- Cheques de viaje y similares, también al portador.
- Cualquier medio electrónico de pago al portador.
Estos límites NO aplican en:
- Pagos e ingresos en entidades de crédito.
- Operaciones en efectivo en establecimientos de cambio de moneda.
- Operaciones realizadas a través de entidades de pago.
Puesto que en estas operaciones, hay trazabilidad de la operación, y el límite de 1.000 euros para pagos en efectivo, no es necesario.
Gestoría Bautista